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DECRETO N° 679

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

  

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en términos de lo acordado por el Honorable Ayuntamiento de San Sebastián Tecomaxtlahuaca, Distrito de Juxtlahuaca, Oaxaca, declara el reconocimiento a la comunidad conocida como “SANTO NIÑO JESÚS YUCUYI”, otorgándole la denominación política de “NÚCLEO RURAL”. Con el entendido que esta resolución sólo proporciona la denominación política, sin otros alcances legales.

 

Se adiciona al Decreto No. 108, aprobado el 7 de mayo de 1993, que contiene la División Territorial del Estado de Oaxaca, publicado en el Alcance al No. 20 del Periódico Oficial del Gobierno del Estado, de fecha 9 de mayo de 1994, el nombre de “SANTO NIÑO JESÚS YUCUYI”, al Municipio de San Sebastián Tecomaxtlahuaca, Distrito de Juxtlahuaca, Oaxaca, y se le otorga la denominación política de Núcleo Rural, para quedar como sigue:

 

DISTRITO DE JUXTLAHUACA

  

NOMBRE DENOMINACION CATEGORÍA

POLÍTICA ADMINISTRATIVA

Del Municipio 4.- . . .

 5.- SAN SEBASTIAN TECOMAXTLAHUACA

De la comunidad primera a la décima novena.- . . . . . .

Santo Niño Jesús Yucuyi Núcleo Rural

 

Del Municipio 6 al 7.- . . .

 


T R A N S I T O R I O :

  

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 14 de agosto de 2008.

  

DIP. JOSÉ HUMBERTO CRUZ RAMOS.

PRESIDENTE.

 

DIP. WILFREDO FIDEL VÁSQUEZ LÓPEZ.

SECRETARIO.

 DIP. DANIEL GURRIÓN MATÍAS.

SECRETARIO.